Sonsoles 1.138: ¿Dónde nos encontramos?

¿Dónde nos encontramos en el expediente Sonsoles 1.138?

¿Dónde nos encontramos?

El 28 de febrero de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el Otorgamiento del Permiso de Investigación Minera denominado SONSOLES 1.138 que autoriza a la empresa TRANSPORTES, EXCAVACIONES Y HORMIGONES SONSOLES, S.L. (TEYHS, S.L.) a realizar durante tres años trabajos de investigación sobre una superficie de 54 cuadrículas mineras  para minerales de feldespato  en los términos municipales de Tórtoles, Bonilla de la Sierra, Becedillas y Zapardiel de la Cañada de nuestro valle.

El Reglamento General para el Régimen de la Minería exige a la empresa un Plan de Labores anual de las tareas a desarrollar. 

La empresa  THYES,S.A.  presentó el plan de labores a ejecutar en 2017.

En la actualidad, pese a estar concedido el permiso de investigación minera, se encuentra suspendido hasta la resolución por parte de la Junta de Castilla y León de alrededor de 4.500 recursos de alzada presentados por parte de varios interesados y otras entidades.

En relación a este expediente la Asociación ha realizado las siguientes actuaciones:

En Junio de 2017: Personación de la Asociación en la Junta de Castilla y León como interesados en el procedimiento.

En Agosto de 2017: Solicitud de caducidad del expediente por incumplimiento de plazos.

En Febrero de 2018: Recurso de alzada contra la desestimación por silencio administrativo.

En Noviembre de 2018: Se presenta escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, formulando demanda Contencioso Administrativa contra la desestimación por silencio del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Ávila. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dicta Decreto el 5 de febrero de 2019 admitiendo a trámite el recurso planteado por la Asociación Vive el Valle del Corneja, que se tramitará por las normas del procedimiento ordinario.

En 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dicta sentencia en la que se desestima el recurso en relación al expediente “Sonsoles 1.138” ya que se inadmite el mismo al no considerar a la asociación parte interesada en el expediente por las razones a las que alude la sentencia que son no llevar dos años fundada desde que se presentó el primer escrito en la Sección de Minas y considerar que el solicitar la caducidad del expediente no acredita de por sí, daño alguno al medio ambiente. Esta es una doctrina de los tribunales desde hace años en materia de minas para coartar la libre oposición a los procedimientos mineros.

La sentencia no es firme y podría ser recurrida ante el Tribunal Supremo pero después de estudiar esa alternativa se ha decidido que es más favorable para los fines que persigue la asociación no interponer un recurso de casación.

Seguiremos adelante valorando las acciones a seguir según vayan surgiendo nuevos escenarios, en este y otros expedientes.

El Tribunal ha dispuesto que “No ha lugar a la imposición de costas” por lo que no se generan más gastos a la asociación en este recurso.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver
Privacidad